El nuevo reglamento europeo de protección de datos que entró en vigor en mayo de 2018 ha comportado importantes novedades en cuanto al tratamiento, gestión y protección de los datos personales de los ciudadanos europeos derogando la normativa de los años 90 en esa materia siendo de destacar las siguientes novedades:
1.- Desaparece desaparece la obligación de tener dado de alta un fichero en la Agencia de Protección de Datos cómo se venía haciendo hasta ahora sustituyéndose por un registro interno en el que se categorizan todos los datos personales de los destinatarios y siempre teniendo en cuenta que la información que se recabe debe ser relacionada con la utilidad para la que ha sido requerido dicho dato.
2.- Destaca el derecho al olvido que consagra la normativa que viene a significar que cualquier particular podrá hacer manifestación expresa de su voluntad eliminar de la red todas aquellos rastros de información que se relacionen con él si así le interesa . También se regula el correlativo derecho a la portabilidad de los datos es decir la transmisión entre organismos de la misma información evitando duplicidades y molestias innecesarias.
3.- Otro de los aspectos más novedosos es en relación al consentimiento relacionado con el tratamiento de los datos personales. Se parte de la premisa que aquellos datos que no sean especialmente delicados como los relativos a losdatos médicos puede tenerse el consentimiento por dado de manera tácita pero ha venido eliminar una práctica habitual que era que las webs tenían la casilla relativa a los tratamientos de datos personales activada por defecto. Pues bien con esta nueva normativa dicha casilla debe aparecer vacía y el consentimiento debe marcarse expresamente.
Un problema práctico que se plantea es que pasa con aquellos usuarios que ya están registrados en los sistemas o bases de datos y parece clara la tendencia a recabar nuevamente dicho consentimiento incorporando los requerimientos del nuevo reglamento. En todo caso los Abogados Marbella podrán asesorarle en todo momento sobre esta y otras exigencias del nuevo Reglamento.
4.- Lógicamente todas estas medidas de protección adicionales deben de ir acompañadas de una mayor exigencia técnica por parte de los responsables de bases de datos a fin de garantizar la privacidad e integridad de dichos datos.
5.- Otro elemento novedoso es la creación del delegado de protección de datos qué es el que asumir a todas las competencias en esta materia dentro de la empresa innova obligado a todas las empresas sino aquellas como por ejemplo las públicas o las que tengan un gran volumen de datos
6.- Por último y no menos importante indicar que se ha aumentado el importe de las sanciones que van de 900 a 6000 € 600.000 € y a partir de ahí se establece hasta el 4% del volumen o 20 millones de €
En resumen esta nueva adaptación de la normativa al marco europeo viene a establecer una mayor transparencia y protección del usuario que podrá exigir medidas de control así como fiscalizar y determinar dónde está su información personal y, en todo caso, si quiere eliminarla podrá hacerlo estableciéndose los cauces adecuados para ello.